¿Dónde se puede obtener y renovar el Pasaporte?
Para solicitar por primera vez el Pasaporte o bien renovarlo- el pasaporte tiene una validez improrrogable de cinco años si el solicitante tiene menos de treinta años en la fecha de expedición, y de diez, cuando en dicha fecha haya cumplido tal edad-, deberá dirigirse a la Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la provincia, habilitada al efecto, más cercana a su domicilio. Si el solicitante se encontrara en el extranjero, efectuará tal solicitud en el Consulado de España en el que se halle inscrito como residente. No obstante, en casos excepcionales o de urgencia, su expedición podrá realizarse en la oficina correspondiente al lugar en que se encuentre transitoriamente el interesado.
¿Quién tiene derecho a obtener un pasaporte y desde cuándo?
Todo español, salvo obligaciones derivadas de la Ley, tiene derecho a obtener el pasaporte desde que es inscrito, a su nacimiento, en el Registro Civil y por lo tanto puede entrar y salir del territorio nacional.
¿Qué documentación he de aportar para tramitar y renovar el pasaporte?
La documentación a aportar para la tramitación de la expedición del pasaporte variará dependiendo de si se trata de mayores de edad, menores, si se desea incluir hijos menores de 14 años o en caso de DNI sustraído, caducado o extraviado. En caso de mayores de edad: a) DNI en vigor, para los pasaportes expedidos en España. Se acompañará resguardo acreditativo de haber tramitado la renovación si el DNI estuviera caducado. b) Dos fotografías de las siguientes características: tamaño carné, en color, recientes, con fondo claro, liso y uniforme, con acabado brillo o mate, centrada, de frente y con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros. Medidas de rostro: 2 cm de alto por 1,5 cm de ancho. En caso de menores de edad: a) DNI en vigor, para los pasaportes expedidos en España. Se acompañará resguardo acreditativo de haber tramitado la renovación si el DNI estuviera caducado. b) Dos fotografías de las siguientes características: tamaño carné, en color, recientes, con fondo claro, liso y uniforme, con acabado brillo o mate, centrada, de frente y con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros. Medidas de rostro: 2 cm de alto por 1,5 cm de ancho. c) Permiso de la persona que tenga la patria potestad o tutela o, en su caso, autorización judicial (otorgado por comparecencia ante la oficina donde se solicite el pasaporte o ante el juzgado, notario, alcalde o comandante del puesto de la Guardia Civil). d) DNI de los padres o tutores, así como Libro de Familia o partida de nacimiento literal del menor. Si se desea incluir hijos menores de 14 años: a) DNI del titular. b) Dos fotografías del titular. c) Libro de Familia o, en su caso, partida literal de nacimiento. En caso de DNI sustraído, caducado o extraviado: De forma excepcional y concurriendo causas puntuales y justificadas se podrá expedir pasaporte con validez por 3 o 6 meses, según corresponda.
¿Cuál es el plazo de entrega de un pasaporte?
El plazo de entrega de un pasaporte es de tres días hábiles desde que se presenta la solicitud para su obtención. No obstante el plazo puede reducirse al mínimo imprescindible si fuera urgente.
¿Qué debo hacer si pierdo o me sustraen el pasaporte?
En caso de sustracción o extravío del pasaporte, debe denunciarse el hecho con la mayor brevedad puesto que para obtener un duplicado se ha de presentar justificante de la denuncia. Si la pérdida o sustracción tuviera lugar en el extranjero, aparte de la preceptiva denuncia se informará de este hecho en la Embajada o Consulado de España en el país donde se encuentre el titular para que le provean de uno nuevo, previa comprobación fehaciente de su nacionalidad e identidad.
¿Cuándo ha de renovarse el Pasaporte ordinario?
El Pasaporte ordinario tiene una validez de 5 años cuando el solicitante tenga menos de 30 años en la fecha de expedición y de 10 años cuando en dicha fecha haya cumplido la citada edad.
¿A qué países se puede viajar sin necesidad de visado?
Los españoles pueden viajar sin necesidad de visado a cualquiera de los siguientes países: Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argelia, Argentina, Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Bosnia-Herzegovina, Bostwana, Brasil, Brunei, Bulgaria, Canadá, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, Chile, China, Chipre, Dinamarca, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, EEUU, Estonia, Fidji, Filipinas, Finlandia, Francia, Gambia, Granada, Grecia, Guatemala, Guyana, Holanda, Honduras, Hong-Kong y Macao, Hungría, Indonesia, Irlanda, Islandia, Islas Marshall, Islas Salomón, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Kenya, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malasia, Maldivas, Malta, Marruecos, Mauricio, México, Micronesia, Mónaco, Namibia, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Palaos, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Dominicana, República Checa, República Federal Eslovaca, Rumania, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Marino, Santa Lucía, Santa Sede, Senegal, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Swazilandia, Tailandia, Taiwán, Tonga, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Ucrania, Uganda, Uruguay, Venezuela y Vanuatu. Para más información se puede contactar con el Ministerio de Asuntos Exteriores o la Representación diplomática en España u oficina consular del país al que desea viajar.
¿Qué países exigen además de visado requisitos especiales en los pasaportes?
Los siguientes países exigen visado de entrada, a obtener en España, en la Embajada u oficinas consulares del país al que se pretenda viajar, así como otros requisitos especiales en los pasaportes, que a continuación se señalan: a) Arabia Saudí, Islas Cook, Jordania, Laos, Nauru, Omán, Papua Nueva Guinea, Suriname, Venezuela, Yemen, Yugoslavia (Serbia-Montenegro): Pasaporte con validez mínima de 6 meses. b) Bahrein: Pasaporte con validez de al menos 180 días. No se permitirá la entrada a los titulares de pasaportes con sello de entrada o salida de Israel. c) Birmania: Pasaporte con validez mínima de 3 meses. d) Camboya: Pasaporte con validez mínima de 1 mes. e) Ghana: Pasaporte con validez mínima de 3 meses, posterior a la fecha que expide el visado de entrada. f) Kuwait: Pasaporte con validez de al menos 180 días. No se permitirá la entrada a los titulares de pasaportes con sello de entrada o salida de Israel. g) Libia: Pasaporte con traducción en árabe, extendida en el pasaporte por su representación diplomática. h) Puerto Rico: Para estancias máximas de 90 días no prorrogables, billete de ida y vuelta y solvencia económica. i) Rusia Federación: Pasaporte con caducidad no inferior a 6 meses, que deberá ser registrado en la Policía en los 3 días de la llegada. j) San Vicente y Las Granadinas: Billetes de ida y vuelta. k) Siria: No se puede llevar ningún visado israelí o sello de entrada/salida de ese país, ni sellos de puestos fronterizos de Jordania o/y Egipto con Israel. l) Togo: Pasaporte con validez mínima de 3 meses con posterioridad a la fecha del visado de entrada. También se puede contactar con el Ministerio de Asuntos Exteriores o la Representación diplomática en España u oficina consular del país al que desea viajar.
ahi queda eso

información sobre los paises donde es necesario pasaporte y la validez etc...
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