HOLA A TODAS!!!!!
¿DONDE OS METEIS?
¿Hay novedades? Sobre todo Lourdes.... qué chica como lo llevas, estamos todas a la espera!!! Ya nos contarás...

¿y el resto de Junios?
He encontrado una información útil para que vayamos pensando en ello:
No se si será aplicable a todas las iglesias y ayuntamientos pero... os la paso, la he obtenido de Internet, supongo que será de fiar... ji ji
Quizá aún es pronto pero os lo comento para que vayamos sabiéndolo...
TRAMITES RELIGIOSOS
DOCUMENTOS NECESARIOS
-
Partida de nacimiento: Se solicita en el registro civil del lugar de nacimiento. Puede solicitarla el interesado u otra persona en su lugar. La partida de nacimiento literal es una fotocopia legalizada de la hoja de inscripción del nacimiento. Se solicita para adopciones, divorcios, bodas...
-
Partida de bautismo: Se pide en la iglesia donde se ha sido bautizado.
-
Certificado de solteria eclesiástico: Se necesita cuando uno de los novios procede de una diócesis diferente de la que se va a casar o cuando se ha pasado más de un año en el extranjero.
-
Dispensa: Sólo en el caso que existan impedimentos previstos por el Derecho Canónico como por ejemplo, para dos personas que procesen cultos distintos.
-
Partida de defunción del conyugue: En el caso de los viudos. El certificado de defunción se obtiene en el registro civil.
La documentación debe obtenerse en papel sin sellar y caduca a los 6 meses.Los novios deben presentarse delante del rector de la diócesis a la que pertenezca la novia. El rector redactará una solicitud para que el ayuntamiento publique las
amonestaciones civiles que deberán exponerse durante 3 semanas consecutivas en el tablón de anuncios de la iglesia.
Una vez celebrada la boda eclesiástica, antes de que hayan pasado 5 días, deberá irse al registro civil para que el matrimonio sea transcrito a los libros.
Si la diócesis en la que contraen matrimonio no es la misma que donde vivirán, deberán obtener una declaración y un permiso del rector de la diócesis a la que pertenezcan.
Debe hacerse un cursillo de preparación al matrimonio. Este cursillo normalmente lo imparten sacerdotes, catequistas, parejas experimentadas e, incluso, médicos y personal especializado en temas concretos relacionados con la vida de pareja. Este cursillo es gratuito. Su duración y obligatoriedad dependen de cada parroquia.
Para el servicio de culto se hace una donación que varia según la parroquia.
Trámites civiles:Documentos necesarios, contenido
Documentos necesarios:
Siempre deben presentarse: las fotocopias del DNI, Pasaporte o Targeta de Residencia.
-
Certificado literal de nacimiento actualizado, expedido por el registro civil del lugar de nacimiento.
-
Certificado de residencia: Se obtiene en el ayuntamiento de la población donde se ha residido durante los dos últimos años.
-
Certificado de nacionalidad.
- Certificado de solteria : Es una declaración jurada del estado civil. La facilita el juzgado.
-
Rellenar la instancia del Registro Civil.
-
Autorización del tribunal para los menores de 18 años.
Estos documentos deben presentarse en papel sellado y tienen una validez de 6 meses.Una vez se ha tramitado la documentación, en el ayuntamiento se publicarán las amonestaciones durante tres semanas consecutivas. Después de estas tres semanas, los novios con el certificado de que las amonestaciones han sido publicadas, se personarán en el ayuntamiento con dos testimonios para firmar el consenso.
HASTA LUEGORRRR
